· Conforme a Ley de
Sanidad Agraria
A fin de mantener el Perú libre de plagas, el
Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, estableció los requisitos
fitosanitarios de importación de polen de palma aceitera (Elaeis guineensis) de origen y procedencia de Ecuador.
Fuente: SENASA. Andina, ElEconomistaAmérica.pe,
El
Servicio Nacional de Sanidad Agraria a través de la Dirección de Sanidad
Vegetal - Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria,
realizó el estudio de análisis de riesgo de plagas del producto ecuatoriano y
como resultado del mismo, la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha determinado
los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de
protección al país, minimizando los peligros en el ingreso de plagas
cuarentenarias.
Entre
los requisitos que deben cumplir los importadores de polen de palma aceitera (Elaeis
guineensis) del país vecino se encuentran:
El envío
deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el
SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y
embarque en el país de origen o procedencia. Asimismo, deberá venir acompañado
de un Certificado Fitosanitario oficial de Ecuador.
Además,
el producto estará contenido en envases nuevos y de primer uso, debiendo ser
transportado en cilindros con nitrógeno líquido y contar con la inspección fitosanitaria
en el punto de ingreso al país.
Finalmente,
los requisitos fitosanitarios se instauraron bajo Resolución Directoral N° 0021-2016-MINAGRI-SENASA-DSV publicada en
el Diario Oficial El Peruano.