Procesadores primarios de alimentos agropecuarios, mataderos y centros de faenamiento avícola
- Evitar el uso de agua contaminada (procedente de vertimientos humanos, animal o industrial) para el riego de cultivos alimenticios, sobre todo las hortalizas.
- Realizar el benefi cio de animales de abasto en establecimientos autorizados.
- Utilizar agua potable para los procesos en los establecimientos de procesamiento primario de alimentos, mataderos y centros de faenamiento avícola.
- Reforzar las actividades de registro e inspección sanitaria de los alimentos agropecuarios y animales de abasto previo a su procesamiento y/o faenamiento.
- No beneficiar animales de abasto enfermos o muertos sin inspección sanitaria, ni realizar matanza clandestina.
- Monitorear la calidad del agua para descartar la presencia de agentes contaminantes microbiológicos destinados para consumo humano y en los procesos alimentarios.
- Brindar facilidades para la toma de muestras de alimentos agropecuarios de procesamiento primario para el análisis de agentes microbiológicos.
Consumidores de alimentos agropecuarios de procesamiento primario (no elaborados industrialmente)
- Adquirir alimentos agropecuarios que procedan de establecimientos autorizados por el SENASA y de mercados de abasto supervisados por los Gobiernos Locales.
- Verifi car en la etiqueta del alimento, el número del lote de producción, fecha de vencimiento y N° de Autorización sanitaria otorgada por el SENASA, antes de consumirlos.
- Denunciar ante los Gobiernos Locales y SENASA a los establecimientos que expenden alimentos en malas condiciones sanitarias determinadas sensorialmente por su olor, color y apariencia física.
- No utilizar agua para consumo humano procedente de acequias de regadío y redes públicas contaminadas. Cumplir las disposiciones de la Autoridad en Salud.
Resolución Jefatural Nº 0232-2015-MINAGRI-SENASA
Resolución Jefatural Nº 0232-2015-MINAGRI-SENASA